3. No obstante las disposiciones de los apartados 1 y 2, las remuneraciones obtenidas por razón de un empleo ejercido a costado de un buque o avión explotado en tráfico internacional pueden someterse a imposición en el Estado contratante en que esté situada la sede de dirección efectiva de https://cashkgcyt.blogspothub.com/29183319/la-guía-definitiva-para-abogados-en-lila-francia